Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza
Ley Nº18.962 del Ministerio de Educación
Es aquella ley que establece todo el marco estructural del sistema educativo y ésta fue dictada el último día de la dictadura de Pinochet por parte de la Junta de Gobierno, y para ser modificada, se necesitan los 4/7 de ambas cámaras del Parlamento.
Desde la vuelta a la ‘democracia’, se han realizado algunos cambios a esta ley que han permitido quitarle el matiz conservador y militarista que poseía, en donde se han eliminado los artículos que permitían la intervención a las instituciones de educación por parte de los organismos de seguridad nacional, así como también el evitar la expulsión o el ingreso de niñas embarazadas. Pero todo esto no ha detenido la crisis de la educación pública en la cual se encuentran todos sus niveles.
Luego de años y años de movilizaciones estudiantiles universitaria se han logrado los aportes que el gobierno ha hecho en cuanto a becas, aportes, financiamiento, subsidio, etc., pero a pesar de esto el sistema educacional sigue en crisis y esta se acrecenta cada día más, y se hace más necesaria una reforma real para poder conseguir una verdadera educación de calidad.
Esta ley ha permitido que la existencia de los establecimientos educacionales sea regulado por el mercado y compitan entre ellos y sobresalgan por sus propios medios, siendo, los establecimientos de menores recursos, los grandes perjudicados y condenados en la entrega de educación.
Así, el derecho a la educación digna y de calidad de cada ciudadano, está regulado, al fin y al cabo, según el lugar donde hayas nacido y los recursos que esa comuna y municipalidad posea.Las promesas de igualdad se han manipulado a favor de los gobiernos de turno, engañando con las posibilidades de acceso que cada uno tiene a la educación ¿pero qué tipo de educación?
Está claro que la educación necesita urgente cambiar esta ley, así como también hacer una revisión al sistema de municipalización y la efectividad de la Jornada Escolar Completa.
NO A
LA LEY
L.O.C.E.
0 Comments:
Post a Comment
<< Home